Conclusiones
del grupo Nº 6:
Atención a la diversidad en la ESO: Modelos de organización de los
centros
Presentada la ponencia y debatida, el grupo de trabajo número 6 ha
llegado a las siguientes conclusiones, aprobadas todas por unanimidad, excepto
aquellos puntos que se explicitan:
1.
El
planteamiento metodológico y organizativo de atención a la diversidad, para
que ésta sea eficaz, necesita de la unificación de la etapa en los IES, con
todos los recursos que exige la buena aplicación de la LOGSE.
2.
Mientras
la etapa no esté unificada, el paso del primer ciclo al segundo se ha de
realizar por adscripción única, y no múltiple, con criterios claros,
consensuados y democráticos (un voto en contra).
3.
La admisión
del alumnado ha de contemplar el reparto de alumnos con NEE y de otras tipologías
entre todos los centros sostenidos con fondos públicos de la zona de
escolarización.
4.
La orden
de atención a la diversidad exige que la autonomía de los centros para
organizarse no sea un deseo irrealizable, sino la base del funcionamiento de los
mismos.
5.
Por medio
de la autonomía –anteriormente mencionada- y el cumplimiento del ordenamiento
legal (al que estamos obligados) hay que adoptar progresivamente todas las
medidas que contempla la Orden.
6.
Manifestamos
la voluntad de aplicar las medidas de atención a la diversidad con la
progresividad y prudencia necesarias a fin de agotar las generales y ordinarias
antes de las específicas en los plazos y las edades establecidas en el
ordenamiento legal actual (un voto en contra).
7.
Los
itinerarios curriculares que determinan el decreto de currículo i la orden de
atención a la diversidad y que los centros diseñan en sus PCCs son los
adecuados para atender la diversidad de expectativas del alumnado.
8.
Consideramos
que las repeticiones contempladas en la LOGSE son las adecuadas para esta etapa
educativa (un voto en contra).
9.
Se
autorizará, a todos los centros que lo soliciten, la implantación de un
programa de adaptación curricular en grupo, con profesorado en comisión de
servicio si fuera necesario.
10.
Los
departamentos de orientación incorporarán otros profesionales (educadores,
trabajadores sociales) que actuarán en colaboración con los servicios sociales
de los ayuntamientos.
11.
La aplicación de estas medidas de atención a la diversidad precisa de:
§
Un
aumento significativo (no inferior al 60%) de las horas asignadas
en el acuerdo de plantillas para refuerzos, desdobles i optatividad. Un
cambio en los módulos de asignación de horas para la atención a la diversidad
(hasta 2 líneas, entre 2 i 4 líneas, entre 4 i 6 líneas).
§
Una
adecuación de los espacios para ubicar los grupos desdoblados o reforzados sin
que esto implique una degradación de los centros.
§
Una
disminución de la ratio alumnado/grupo.
12.
La autonomía organizativa y pedagógica de los centros ha de permitir
que los IES organicen las medidas de atención a la diversidad, con todas las
horas asignadas por el acuerdo de plantillas en función de su estructura, sin
perder ninguna hora.
13.
La administración ha de facilitar los medios para la integración del
alumnado procedente de los CAES i
PAEP, así como las medidas adecuadas que permitan la educación en la
diversidad de los inmigrantes.
14.
Conviene explicar a los claustros la necesidad de la aplicación de estas
medidas, al mismo tiempo que estimamos necesario organizar programas de formación
en centros y que se promueva el intercambio experiencias.
15.
Se considera importante transmitir la documentación de estas jornadas a
las asociaciones de padres y madres y a las organizaciones de estudiantes.
16.
Finalmente, sería deseable la desaparición de los centros docentes de
la Religión y de su alternativa (AEAR) y utilizar las horas dedicadas a éstas
en la planificación y aplicación
de las medidas de atención a la diversidad.
Torrevieja, 7 d’abril de 2.000.